Autenticación y Apostilla de traducciones oficiales
Generalidades
De acuerdo con la información del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, las traducciones oficiales que surten efectos en el extranjero deben ser autenticadas y apostilladas. Ten en cuenta la siguiente información:
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Para apostillar o legalizar traducciones oficiales, que surtirán efectos legales en el exterior, cada documento traducido debe tener reconocimiento de firma al traductor oficial ante notario público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Resolución 1959 de 2020.
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Se apostilla o legaliza la traducción oficial de cada tipo de documento de manera individual, para lo cual, se debe remitir en archivo PDF cada traducción con el respectivo reconocimiento de firma.
Traducciones oficiales que surten efectos legales en Colombia:
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A partir del 1° de diciembre de 2020, las traducciones oficiales elaboradas en Colombia, que surten efectos legales en este país, no se apostillan o legalizan, debido a que la firma del traductor oficial ya es válida en el territorio nacional.
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Las traducciones emitidas en el exterior, deben ser apostilladas o legalizadas desde el país de origen para que surtan efectos legales en Colombia.
Para mayor seguridad jurídica, se recomienda que el documento base original, se encuentre apostillado o legalizado, antes de ser traducido.
Encuentra más información en la página de la Cancillería: Aquí
Instrucciones:
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Autenticación de firma de traductor oficial:
Para autenticar la firma de traductor oficial (INGLÉS), puedes dirigirte con la traducción original a:
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Notaría 77 (Av. Cra 19 #138-14)
Solicita autenticación de firma de traductor oficial para APOSTILLA
con la siguiente información:
Nombre de traductor: Andrea Susana Caicedo Fernández CC: 1022369286
Solo debes hacer una autenticación por traducción de cada documento (no por página).
